Subvenciones
Una de las fuentes de financiación más importantes de las Asociaciones son las subvenciones de entidades públicas y privadas. Las solicitudes de subvenciones frecuentemente requieren la elaboración de un proyecto, cuya estructura podría ajustarse al siguiente esquema:
1. Título del proyecto, que deberá estar relacionado con la actividad que se va a realizar.
2. Justificación: explicación breve de motivación del proyecto, que contendrá a su vez una descripción de la situación de la que se parte.
3. Objetivos: metas que se pretenden conseguir.
4. Personas destinatarias y ámbito de actuación: población a la que se dirigen las acciones del proyecto y especificación, lugares y/o infraestructuras en los que se desarrollaría.
5. Descripción de las actuaciones y contenidos: especificar claramente las acciones.
6. Metodología: explicación de cómo se desarrollará el proyecto.
7. Cronograma: planificación del desarrollo del proyecto.
8. Presupuesto: recursos necesarios para la realización del proyecto, tanto humanos como técnicos, financieros, etc.
9. Seguimiento y evaluación: se expondrán los indicadores que se van a utilizar, tanto cualitativos como cuantitativos. Se debe prever la elaboración de una Memoria, que se realizará una vez concluida la actividad. Debe ser exhaustiva y podrá ser utilizada para la justificación de la subvención.
Las convocatorias de subvenciones de las Administraciones Públicas se publican en el Boletín Oficial correspondiente y se rigen por la Ley de Subvenciones de ámbito estatal. Tanto la Ley de Subvenciones como las convocatorias requieren una lectura detallada que evite errores posteriores, y deben ser conocidas y cumplimentadas por la persona que ejerza la secretaría de la Asociación.
Cada convocatoria establece el objeto, concepto subvencionable, financiación, beneficiarios, procedimiento de concesión, criterios objetivos para la concesión de la subvención y obligaciones de las entidades beneficiarias. Desde el primer momento deben cumplirse exhaustivamente todos los extremos establecidos para evitar errores que produzcan la denegación de la subvención.
En el momento de la solicitud de la ayuda, hay que establecer la cuantía de la misma, teniendo en cuenta la capacidad de gestión de la propia entidad. No se debe exagerar el importe solicitado, ya que la asociación al menos, el presupuesto aceptado, aunque la subvención concedida sea inferior. Si se produce un desfase entre lo solicitado y lo concedido puede fracasar el proyecto, ocasionando deudas a la entidad u obligándola a renunciar a la subvención por carecer de recursos económicos para asumir el gasto total solicitado o el presupuesto aceptado.
La Administración utiliza los siguientes conceptos:
- Presupuesto aceptado: es el presupuesto total de la actividad.
- Subvención concedida: es la cantidad exacta de la ayuda económica que se concede.
El abono de la subvención se realiza de la siguiente manera:
- Si la subvención es menor de 6.050 Ð, se puede efectuar fraccionado o de una sola vez.
- Si la subvención es superior, se abonará inicialmente un importe no superior al 75% de la subvención. La cantidad restante, hasta completar el importe definitivo de la ayuda, se abonará una vez que la entidad haya justificado el 100% del presupuesto aceptado, aunque la cuantía de la subvención sea inferior.
Fuente: Manual de participación para madres y padres.




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